DCP 0064/2015 de 5 de marzo, en base a los argumentos jurídicos constitucionales que se desarrollan a continuación.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DCP 0064/2015 de 5 de marzo, en base a los argumentos jurídicos constitucionales que se desarrollan a continuación.

Fecha: 05-Mar-2015

Fragmento 31

La DCP 0064/2015 declaró la incompatibilidad de la frase “…bajo pérdida de mandato, previo proceso y sanción penal…” arguyendo erróneamente que se trataba de un acto de codificación penal de competencia privativa del nivel central del Estado, sin considerar que la jurisprudencia optó por tomar como referente analógico lo previsto en el art. 157 de la Norma Suprema para el caso de los asambleístas plurinacionales y admitir como causal de pérdida del mandato de autoridades subnacionales electas cuando concurra una “sentencia condenatoria ejecutoriada en causas penales”.