DCP 0064/2015 de 5 de marzo, en base a los argumentos jurídicos constitucionales que se desarrollan a continuación.
Fecha: 05-Mar-2015
II.3.3.5. Sobre los artículos 98, 99, 100 y 101
La DCP 0064/2015 de la cual se disiente, declaró la incompatibilidad de los arts. 98, 99, 100 y 101 del proyecto de COM bajo el argumento que: “…el estatuyente al omitir ciertas formas de participación ha incurrido en una transgresión…” del art. 11.II.1 de la Norma Suprema que desarrolla las formas de ejercicio de la democracia participativa y directa.
Al respecto, nuevamente se incurre en una aplicación inadecuada de la figura de la “omisión constitucional” desarrollada luego en el punto II.3.4.1. del presente voto disidente. Por otra parte, la supuesta incompatibilidad se basa en la presunción de que la no inclusión de algunas de las formas de democracia directa y participativa desarrollados en el art. 11.II.1 de la CPE implicaba su negación por parte de la ETA, lo que no es acertado ya que conforme al 410 de la Ley Fundamental y el principio de supremacía de la Constitución Política del Estado, dichas formas se encuentran reconocidas y serán en todo caso, obligatorias para la ETA en lo que corresponda conforme a norma.
- II.1.
- II.2. El control previo de constitucionalidad de normas básicas institucionales
- a)
- 1)
- i)
- 2)
- Otros elementos de análisis para el control previo de constitucionalidad de los ajustes, adecuaciones y readecuaciones efectuado a las Normas Básicas Institucionales
- a) Primero.-
- 2) La modificación o reformulación.
- 3) La sustitución.
- II.3.
- II.3.1.1. Sobre el Fundamento Jurídico desarrollado en el punto III.1 de la DCP 0064/2015
- Respecto de la idea de un “ejercicio competencial pleno y otro relativo”
- Sobre el párrafo final de la página 43 y segundo párrafo de la página 44
- II.3.2.1. Sobre el artículo 31.4
- II.3.2.2. Sobre el artículo 44.II
- II.3.2.3. Sobre la Disposición Transitoria Tercera
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- b)
- Numeral 9
- Numeral 24
- II.3.3.4. Sobre el artículo 44.I
- II.3.3.5. Sobre los artículos 98, 99, 100 y 101
- II.3.3.6. Sobre el artículo 110
- II.3.3.7. Sobre la Disposición Transitoria Primera
- i) En referencia a la supuesta existencia de una omisión de relevancia constitucional
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- Fragmento 31
- Fragmento 32
- Fragmento 33
- MAGISTRADO