DCP 0064/2015 de 5 de marzo, en base a los argumentos jurídicos constitucionales que se desarrollan a continuación.
Fecha: 05-Mar-2015
II.3.1.1. Sobre el Fundamento Jurídico desarrollado en el punto III.1 de la DCP 0064/2015
Esta enunciación no refleja el notable avance que el proceso autonómico representa en el marco de la Constitución Política del Estado vigente, pues no se trata solo de una ‘afirmación’ de las conformaciones sociopolíticas subnacionales sino un cambio sustancial en la arquitectura y funcionamiento estatal, pasando de un Estado unitario centralizado simple a otro de carácter compuesto, con una notable distribución del poder público tanto en lo horizontal (distribución funcional) como en lo vertical (distribución territorial) a través de una asignación competencial compleja repartida entre los diferentes niveles de gobierno en sus cuatro tipo de facultades (legislativa, deliberativa, fiscalizadora, reglamentaria y ejecutiva, las tres primera de titularidad de los entes colegiados y las dos últimas propias de los órganos ejecutivos), ejercidas en el marco de un gobierno concentrado y a la vez distribuido cohesionado a través del principio de “unidad”[1].
- II.1.
- II.2. El control previo de constitucionalidad de normas básicas institucionales
- a)
- 1)
- i)
- 2)
- Otros elementos de análisis para el control previo de constitucionalidad de los ajustes, adecuaciones y readecuaciones efectuado a las Normas Básicas Institucionales
- a) Primero.-
- 2) La modificación o reformulación.
- 3) La sustitución.
- II.3.
- II.3.1.1. Sobre el Fundamento Jurídico desarrollado en el punto III.1 de la DCP 0064/2015
- Respecto de la idea de un “ejercicio competencial pleno y otro relativo”
- Sobre el párrafo final de la página 43 y segundo párrafo de la página 44
- II.3.2.1. Sobre el artículo 31.4
- II.3.2.2. Sobre el artículo 44.II
- II.3.2.3. Sobre la Disposición Transitoria Tercera
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- b)
- Numeral 9
- Numeral 24
- II.3.3.4. Sobre el artículo 44.I
- II.3.3.5. Sobre los artículos 98, 99, 100 y 101
- II.3.3.6. Sobre el artículo 110
- II.3.3.7. Sobre la Disposición Transitoria Primera
- i) En referencia a la supuesta existencia de una omisión de relevancia constitucional
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- Fragmento 31
- Fragmento 32
- Fragmento 33
- MAGISTRADO