DCP 0064/2015 de 5 de marzo, en base a los argumentos jurídicos constitucionales que se desarrollan a continuación.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DCP 0064/2015 de 5 de marzo, en base a los argumentos jurídicos constitucionales que se desarrollan a continuación.

Fecha: 05-Mar-2015

II.3.1.1. Sobre el Fundamento Jurídico desarrollado en el punto III.1 de la DCP 0064/2015

Esta enunciación no refleja el notable avance que el proceso autonómico representa en el marco de la Constitución Política del Estado vigente, pues no se trata solo de una ‘afirmación’ de las conformaciones sociopolíticas subnacionales sino un cambio sustancial en la arquitectura y funcionamiento estatal, pasando de un Estado unitario centralizado simple a otro de carácter compuesto, con una notable distribución del poder público tanto en lo horizontal (distribución funcional) como en lo vertical (distribución territorial) a través de una asignación competencial compleja repartida entre los diferentes niveles de gobierno en sus cuatro tipo de facultades (legislativa, deliberativa, fiscalizadora, reglamentaria y ejecutiva, las tres primera de titularidad de los entes colegiados y las dos últimas propias de los órganos ejecutivos), ejercidas en el marco de un gobierno concentrado y a la vez distribuido cohesionado a través del principio de “unidad”[1].