SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2015-S3

Fecha: 04-May-2015

PROBADA los incidentes de nulidad…”

A partir de esa adjudicación, se presentaron incidentes de nulidad en el siguiente orden: El 12 de septiembre de 2013, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jesús Nazareno Ltda. formuló nulidad por inconstitucionalidad, el 18 del referido mes y año, la accionante refiere que, planteó la nulidad de adjudicación, cuestionando la personería del adjudicatario, y el 28 de octubre de igual año, Félix Carpio Chuguay (garante de la accionante dentro del proceso ejecutivo), presentó nulidad por indefensión; corriendo en traslado, y siendo contestadas, el Juez Segundo de Instrucción Mixto y cautelar de Camiri del departamento de Santa Cruz, dictó Resolución de 8 de enero de 2014, declarando “…PROBADA los incidentes de nulidad…” (sic) y “…OTORGANDO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y ORDENANDO LA NULIDAD DE OBRADOS HASTA EL VICIO MAS ANTIGUO” (sic) y dispuso un nuevo avalúo de sus propiedades; fue contra esa Resolución que la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Martín de Porres Ltda., apeló ante la autoridad superior inmediata, que llegó a ser el Juez Primero de Partido Mixto y de Sentencia Penal de Camiri del referido departamento, quien mediante Auto de Vista 005/2014 de 8 de abril, revocó la Resolución impugnada, manteniendo así el estado de vulneración de sus derechos constitucionales, lo que motivó la presentación de esta acción tutelar.