Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0549/2015-S2
Fecha: 22-May-2015
II.6.
II.6. Con similares argumentos a los expuestos en la demanda de amparo constitucional, a través de memorial de 14 de mayo de 2014; Marcos J. Cabrera Quiroga, representante legal de Jaime Iriarte Angulo, impugna ante la Sala Civil Primera la homologación efectuada; y, providenciando el mismo, se dispone que esté a la devolución de la causa al Juzgado de origen, efectuada el 9 de mayo de igual año (fs. 227 a 233 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los requisitos de admisibilidad y la legitimación activa.
- el nombre y domicilio de la parte demandada o su representante legal si fuera una persona jurídica
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. En cuanto a la falta de legitimación activa
- Fragmento 22
- III.3.2. En cuanto a la falta de legitimación pasiva.
- CONFIRMAR