DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Artículo 56.

La ciudadanía del Municipio de Padcaya, a través del ejercicio del derecho de iniciativa, tendrá la facultad de solicitar al Órgano Legislativo mediante procedimiento establecido la sanción, derogación y abrogación de Leyes, y demás normas del ordenamiento jurídico municipal, sobre materias de competencia municipal, siempre que ello no implique la derogación de tasas, derechos, o que pretendan ejecutar gastos que no se hallen previstos en el presupuesto y que no tengan los respectivos recursos asignados para cubrirlos”.