DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Sobre el numeral 4

En el marco de lo dispuesto por el art. 339.II de la CPE, se concluyó que el término “recuperar” inserto en texto de la disposición analizada está directamente relacionado con la noción de reivindicar, pues una interpretación diferente de los alcances de dicho vocablo podría abarcar incluso a medidas de hecho. En este marco, considerando la reserva de ley establecida en el artículo precitado, se declaró la incompatibilidad de la frase “…y recuperar…” inserto en el numeral analizado.