DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2015
Fecha: 28-Jul-2015
I.1. Contenido de la consulta
Mediante nota presentada ante este Tribunal el 14 de mayo de 2015, cursante de fs. 341 y 342 del expediente, la consultante, acreditando su calidad de Presidenta del Concejo Municipal de Padcaya, con legitimación activa reconocida conforme a ley, refiere que en cumplimiento a lo dispuesto por la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0082/2014 de 8 de diciembre, el Concejo Municipal procedió a la aprobación de los ajustes y adecuación del texto del proyecto de Carta Orgánica Municipal conforme lo dispuesto en la merituada Resolución, solicitando a este Tribunal proceda a la confrontación de las adecuaciones efectuadas con el texto de la Norma Suprema para declarar; en consecuencia, su constitucionalidad.
- I.1. Contenido de la consulta
- 4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucional de las Entidades Territoriales Autónomas
- Artículo 4. (Ubicación de la Jurisdicción Territorial)
- Control previo de constitucionalidad
- a)
- 1)
- 2)
- i)
- el
- Sobre el numeral 4
- Sobre el numeral 8
- Artículo 20.
- Fragmento 15
- II.
- Sobre el inciso 3)
- Sobre
- Sobre el inciso 12)
- Sobre el inciso
- Sobre el inciso 32)
- Sobre el inciso 33)
- realizada
- III.
- Artículo 56.
- Artículo 56. (Iniciativa Legislativa ciudadana)
- Sobre el parágrafo III
- Sobre el parágrafo V
- “Artículo 94.
- “Artículo 94. (Competencias compartidas con el nivel central)
- Artículo 95.
- Sobre el parágrafo I numeral 4
- Sobre el
- Sobre el parágrafo I
- 5°
- 6°