Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2015
Fecha: 28-Jul-2015
Sobre el numeral 8
En cuyo texto original se resolvió declarar la incompatibilidad del término “reconoce” bajo el entendido de que el ejercicio de los derechos conlleva también deberes, en este caso aplica parcialmente el entendimiento aplicado para el análisis del art. 10.I del proyecto de COM, debiendo además considerarse que cualquier imposición de deberes a las personas mediante la COM más allá de los que constitucionalmente se encuentre establecido, debe efectuarse en el marco del respeto de los derechos fundamentales y en estricta aplicación del orden competencial establecido.
- I.1. Contenido de la consulta
- 4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucional de las Entidades Territoriales Autónomas
- Artículo 4. (Ubicación de la Jurisdicción Territorial)
- Control previo de constitucionalidad
- a)
- 1)
- 2)
- i)
- el
- Sobre el numeral 4
- Sobre el numeral 8
- Artículo 20.
- Fragmento 15
- II.
- Sobre el inciso 3)
- Sobre
- Sobre el inciso 12)
- Sobre el inciso
- Sobre el inciso 32)
- Sobre el inciso 33)
- realizada
- III.
- Artículo 56.
- Artículo 56. (Iniciativa Legislativa ciudadana)
- Sobre el parágrafo III
- Sobre el parágrafo V
- “Artículo 94.
- “Artículo 94. (Competencias compartidas con el nivel central)
- Artículo 95.
- Sobre el parágrafo I numeral 4
- Sobre el
- Sobre el parágrafo I
- 5°
- 6°