Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia respecto a la DCP 0141/2015 de 21 de julio, por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el pres
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia respecto a la DCP 0141/2015 de 21 de julio, por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el pres

Fecha: 21-Jul-2015

“Artículo 111.- (Organismo Municipal de Transparencia y Lucha contra la Corrupción).-

I. El Gobierno Autónomo Municipal será intolerante contra todo acto de corrupción, que estará establecida dentro de la estructura del municipio, y tendrá para el cumplimiento de sus objetivos el presupuesto respectivo, un reglamento específico elaborado con la participación de la sociedad civil, la cual, regulara su funcionamiento y sus atribuciones institucionales y profesionales en el ámbito de la Constitución Política del estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.