Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia respecto a la DCP 0141/2015 de 21 de julio, por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el pres
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia respecto a la DCP 0141/2015 de 21 de julio, por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el pres

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 161.- (Participación y control social en el Órgano Legislativo).-

Artículo 161.- (Participación y control social en el Órgano Legislativo).- El Órgano Legislativo Municipal garantizara la Participación y Control Social a través del acceso a la información, la rendición pública de cuentas, la construcción colectiva de normas, la evaluación de la gestión y la función de control y fiscalización.”