Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia respecto a la DCP 0141/2015 de 21 de julio, por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el pres
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia respecto a la DCP 0141/2015 de 21 de julio, por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el pres

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 155.- (Ámbito de participación y control social).-

Artículo 155.- (Ámbito de participación y control social).- El Gobierno Autónomo Municipal, garantizara mediante el Consejo de Desarrollo Municipal de Tarata, a la sociedad civil organizada la Participación y Control Social con enfoque de género y generacional, sin ningún tipo de discriminación ni exclusión, en la construcción participativa de la legislación y normativa según corresponda, en la planificación, seguimiento, ejecución y evaluación de la gestión pública municipal, en la relación del gasto e inversión y otras acciones en el ámbito de su jurisdicción y competencia.