SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2015-S3

Fecha: 03-Ago-2015

tres meses y dieciocho días

En ese sentido, desde la notificación con el Auto 61 -que determinó no haber lugar a la complementación, explicación y enmienda del Auto de Vista 233 realizado el 30 de julio de ese año (fs. 819) hasta la presentación de la primera acción de amparo constitucional, 18 de noviembre de ese año, transcurrió tres meses y dieciocho días; empero, como fue declarado por no presentado el 15 de enero de 2015, el cómputo empezó a correr desde su notificación realizada el 23 de ese mismo mes y año (Conclusión II.8.), transcurriendo hasta la presentación de la presente acción tutelar veintiséis días. Sumados ambos, se tiene que transcurrió cuatro meses y cuatro días; por ende, está dentro del plazo de seis meses previsto por el art. 129.II de la CPE.