DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2015

Fecha: 22-Sep-2015

III.

III.   Los Bienes Municipales de uso institucional pueden ser objeto de enajenación.  En los casos de enajenación de estos bienes, el Concejo Municipal mediante Ley Municipal aprobada por dos tercios de votos del total de sus miembros, autorizará al Órgano Ejecutivo que tramite ante la Asamblea Legislativa Plurinacional la aprobación pertinente, instruyendo que el producto de la enajenación sea destinado a inversiones en el marco del Plan de Desarrollo Municipal.

III.       Para una adecuada Participación y Control Social, se deberá capacitar a la población, para su intervención pública,  haciendo conocer la normativa vigente y los medios de participación y control existentes.  El Gobierno Autónomo Municipal, promoverá la capacitación de mujeres y hombres a nivel generacional, para lograr el empoderamiento de la población en su rol de participación y control de la gestión pública, otorgando la información necesaria que permita  una adecuada participación y control, con conocimiento previo a cada evento, a fin de lograr los resultados esperados.