SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0956/2016- S1
Fecha: 19-Oct-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 1 de abril de 2014, en cumplimiento a una orden de allanamiento Agentes de Control operativo de la Aduana Regional Santa Cruz de la ANB, ingresaron a su domicilio, donde observaron ochocientas veintiocho cajas y bolsas de yute, conteniendo mercancía variada de origen extranjero, que no contaban con documentación de respaldo; por lo que, se procedió a su comiso, dejando en su poder “…18 divisoras de masa en calidad de depósito judicial…” (sic). A consecuencia del operativo descrito, acusó que erróneamente, se emitieron dos actas de intervención por las mismas mercaderías, la primera signada como COARSCZ-C-0213/2014 de 14 de mayo; y, la segunda COARSCZ-C-0650/2014 de 5 de noviembre; fruto de ésta última, se emitió la Resolución Sancionatoria AN-SCRZI-SPCCR-RS-9/2015 de 12 de enero, que dispuso el comiso definitivo de los ítems descritos en el acta y su adjudicación a título gratuito en favor del Ministerio de la Presidencia; por lo que interpuso los Recursos de Alzada, (resuelto mediante la Resolución ARIT-SCZ/RA 0464/2015 de 12 de enero); y, Jerárquico, (finalizado a través de la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 1452/2015 de 10 de agosto), confirmándose en ambas instancias la resolución sancionatoria referida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 17
- no cabe duda que el proceso administrativo en cuestión debe estar revestido de las garantías procesales consagradas en la Constitución
- III.2.1. Acerca de la adecuada fundamentación y motivación de las resoluciones
- ii) Lograr convicción de las partes en el proceso sobre aquella decisión judicial que afecte sus derechos
- la debida fundamentación que consiste en la sustentación de la resolución en una disposición soberana emanada de la voluntad general
- la fundamentación consiste en la justificación normativa de la decisión judicial, y la motivación es la manifestación de los razonamientos que llevaron a la autoridad a la conclusión
- por regla general, la jurisdicción constitucional está impedida de ingresar a valorar la prueba
- su alcance dogmático
- para el ejercicio de la potestad administrativa sancionatoria
- será oponible frente al ejercicio del ius puniedi, cuando concurra dicho factor identitario
- la identidad personal
- III4.1.
- excepcional
- injustificadamente
- Fragmento 31
- con la única finalidad de comprobar la existencia física del hecho que se investiga
- que resulta diferente
- será oponible únicamente cuando concurran los factores identitarios
- CONFIRMAR