SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0956/2016- S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0956/2016- S1

Fecha: 19-Oct-2016

que resulta diferente

           Ahora bien, el análisis del ne bis in ídem, en el presente caso debe versar sobre la verificación de la identidad personal, de hecho y de fundamento de las Resoluciones Sancionatorias      AN-SCRZI-SPCCR-RS-323/2014 y AN-SCRZI-SPCCR-RS-9/2015. Bajo tal análisis, se tiene que no obstante a que ambas Resoluciones consignan el nombre de la accionante (por lo que existiría identidad personal); y, una misma calificación jurídica de la conducta (contrabando contravencional), que permitiría razonablemente considerar que hay identidad de hecho, tratándose del hecho de tener en su poder mercancía variada de procedencia extranjera que no contaba con la documentación de respaldo; empero, no existe identidad de hechos ni de fundamentos respecto a ambas resoluciones sancionatorias, pues claramente el primer proceso sancionatorio, tiene como objeto de la sanción, el hecho de que la accionante, tenía en su poder y sin el respaldo pertinente “(828) ochocientos veintiocho entre cajas y bolsas de yute conteniendo mercancía variada” (sic), que fue detallada e individualizada en el Acta de Intervención Contravencional COARSCZ-C-0213/2014; mercancía que resulta diferente a la descrita en el Acta de Intervención Contravencional COARSCZ-C-0650/2014 (que detalla e individualiza dieciocho Máquinas industriales divisorias de masa), que es objeto de la sanción determinada por la Resolución Administrativa AN-SCRZI-SPCCR-RS-9/2015, que castiga el hecho de haber tenido en su poder los referidos dieciocho ítems de procedencia extranjera, sin la debida documentación de respaldo.