SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0972/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0972/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

Fragmento 40

No obstante, la incoherencia procesal en la secuencia de las actuaciones, se materializó disgregando dos aspectos que son interdependientes el uno con el otro, o lo que es lo mismo, resolviendo pretensiones conexas en diferentes actuados, poniendo a la parte interesada en una situación completamente irregular al tener que plantear dos recursos procesales con similares agravios sobre pretensiones que tienen causa común, la enciclopedia jurídica de Guillermo Cabanellas define a la conexión de causas como la “La interdependencia de dos causas o litigios diversos, pero con el mismo objeto y entre iguales o relacionadas partes, tratados en juicios diferentes, y que lleva a acumularlos en unos mismo autos, para que recaiga una decisión única y evitar juzgamientos contradictorios”, el proceso ejecutivo tiene por objeto la satisfacción del crédito o la deuda por parte del ejecutado (prestación insatisfecha), misma que fue resuelta en sentencia y sobre cuya base se procedió con los actos de ejecución, es decir, la pretensión principal del proceso ya fue reconocida, quedando pendiente solo su realización, en consecuencia, toda cuestión que surge en dicho estado procesal adquiere la calidad de accesoria; siendo que una vez, procedido al remate del inmueble, y conforme a los antecedentes del presente caso, en aplicación del principio de conexidad debieron resolverse en un solo actuado, las pretensiones referidas al mismo inmueble, una tendiente a la consolidación del derecho propietario del adjudicatario que pagó el precio total del remate y la otra por parte del propietario que realizó el depósito del total de la deuda para sobreseer el proceso y liberar su bien inmueble del remate, no es posible aprobar el remate sin pronunciamiento respecto al sobreseimiento del juicio, ni a la inversa, aceptar el sobreseimiento del juicio sin pronunciarse sobre la consolidación del remate, cada una de las pretensiones, destruye a la otra.