SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0972/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0972/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

II. 9.

II. 9. Por Auto de Vista de 23 de noviembre de 2015, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, confirmó el auto apelado, señalando: a) El sobreseimiento es entendido doctrinalmente como la finalización del proceso por la satisfacción íntegra del capital, intereses y costas por el ejecutado, sustituyendo al comprador del remate; b) Con el pago total realizado el 4 de agosto de 2015, se aprobó el remate por Auto de 12 del mismo mes y año, quedando perfeccionada la venta judicial; c) Si bien los depósitos realizados por el ejecutado datan de 12 del igual mes y año, la solicitud de sobreseimiento ingresó a plataforma al día siguiente, posterior a la aprobación del remate, resultando extemporáneo; y, d) “y finalmente, se obrados se infiere que dicho auto de aprobación de remate no mereció recurso de apelación” (sic) (fs. 340 a 341).