SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2016-S3
Fecha: 05-Oct-2016
II.1.
II.1. En el proceso coactivo fiscal seguido por el Gerente Departamental de Cochabamba de la Contraloría General del Estado -hoy tercero interesado- contra Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi y otros (fs. 4 a 8 vta.), la Jueza Segunda de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la Capital del departamento de Cochabamba, por Sentencia de 12 de agosto de 2010, declaró probada la demanda determinando lo siguiente: 1) Con referencia al Cargo y Monto 1) de la Nota de Cargo 04/2009 de 20 de marzo, en su calidad de deudores del Estado, la responsabilidad solidaria de los coactivados Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi -ahora accionante-, Gustavo Osvaldo Navia Mallo, Gustavo Adolfo Aponte Zambrana y empresa “PROMISA S.A.”, manteniendo el cargo original de Bs1 151 888.-; y, 2) En relación al Cargo y Monto 3) de la Nota de Cargo 04/2009 de 20 de marzo, en su condición de deudores al Estado, la responsabilidad civil y solidaria de los mismos coactivados, manteniendo el cargo original de Bs2 316 999.- (fs. 62 a 74).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada: Su contenido esencial en el Estado Constitucional de Derecho
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- (1) El sometimiento manifiesto
- (2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- c)
- (3) Otra de las finalidades que justifica la exigibilidad de una resolución motivada es la de garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión - judicial, administrativa, etc.- por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación,
- (4) La exigencia de una resolución motivada también tiene la finalidad de permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo
- III.2. Análisis del caso concreto
- Sobre la casación en la forma, se sostuvo: 1)
- En cuanto a la casación de fondo se señaló: i)
- b)
- d)
- e)
- f)
- Primero.-
- incorrecta valoración de la prueba y no en la falta de consideración
- Segundo.-
- Tercero.-
- 2º Dejar sin efecto