SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2016-S3
Fecha: 05-Oct-2016
Tercero.-
Tercero.- Respecto al argumento lesivo de que las autoridades demandadas, no hubieran efectuado un análisis a la figura de la delegación de funciones, tal aspecto no resulta ser evidente; toda vez que, el Auto Supremo en cuestión, a tiempo de resolver el recurso de casación en el fondo efectuó un análisis con la necesaria fundamentación y base normativa, concluyendo que en el caso había operado la delegación de funciones y que, tanto el delegante como el delegado resultan ser responsables solidarios por el resultado y desempeño de sus funciones. De donde no se tiene que haya existido una omisión en cuanto al pronunciamiento de este argumento.
Finalmente, respecto a la vulneración de los derechos a la defensa y a la tutela judicial efectiva, esta jurisdicción no advierte que tales aspectos sean evidentes; toda vez que, conforme se tiene de antecedentes el accionante ejerció plena defensa en todas las etapas del proceso, habiendo presentado sus alegatos, ofrecido sus medios probatorios de descargo, además de haber expuesto sus argumentos a través de memoriales presentados en las respectivas instancias. Por consiguiente, no resulta ser evidente que los demandados hubiesen suprimido tales derechos, por lo que se hace inviable otorgar la tutela al respecto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada: Su contenido esencial en el Estado Constitucional de Derecho
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- (1) El sometimiento manifiesto
- (2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- c)
- (3) Otra de las finalidades que justifica la exigibilidad de una resolución motivada es la de garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión - judicial, administrativa, etc.- por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación,
- (4) La exigencia de una resolución motivada también tiene la finalidad de permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo
- III.2. Análisis del caso concreto
- Sobre la casación en la forma, se sostuvo: 1)
- En cuanto a la casación de fondo se señaló: i)
- b)
- d)
- e)
- f)
- Primero.-
- incorrecta valoración de la prueba y no en la falta de consideración
- Segundo.-
- Tercero.-
- 2º Dejar sin efecto