SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2016-S3

Fecha: 05-Oct-2016

II.2.

II.2.  El 18 de agosto de 2010, Wendy Cecilia Agreda Vargas en representación del ahora accionante y Gustavo Osvaldo Navia Mallo, presentó recurso de apelación contra la Sentencia de 12 del mismo mes y año (fs. 77 a       83 vta.). Siendo resuelto por Auto de Vista 003/2015 de 14 de enero, emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por el cual confirmaron en parte la Sentencia apelada y deliberando en el fondo dispusieron: i) Dejar sin efecto el Cargo y Monto 1) “Por incumplimiento en el plazo en la entrega de los bienes contratados”, con la consiguiente liberación de responsabilidad civil por el referido cargo y monto de los coactivados Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi -actual accionante-, Gustavo Osvaldo Navia Mallo, Gustavo Adolfo Aponte Zambrana y “PROMISA S.A.”, ante la existencia de depósito de cancelación del monto adeudado actualizado más intereses; y, ii) Mantener el Cargo y Monto 3) “Por adquisición de seis vagonetas al margen del POA 2006 del SEDCAM”  (sic), girada contra Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi -hoy accionante- y Jhonny Leonardo Ferrel Soria Galvarro, manteniendo el monto por daño económico causado al Estado de Bs2 316 999.-, actualizable y sometido a cálculo de los intereses desde la fecha de la emisión del Cargo y Monto 3) de la Nota de Cargo 04/2009 hasta la fecha de pago (fs. 122 a 128 vta.).