SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2016-S3

Fecha: 05-Oct-2016

Primero.-

Primero.- El primer agravio expuesto por el hoy accionante en su recurso de casación en la forma, estuvo referido al hecho de que las autoridades de alzada, a tiempo de emitir el Auto de Vista 003/2015 de 14 de enero, efectuaron una incorrecta valoración de la prueba de descargo, concretamente sobre los informes técnicos periciales, añadiendo que los de alzada se limitaron a sostener que ninguno de los informes hizo mención a la existencia de documentos que autoricen la adquisición adicional de las seis vagonetas observadas, omitiendo considerar que la citada documentación, evidencia que la compra de los vehículos no supera los límites consignados para la adquisición de automotores; como tampoco se pronunciaron sobre el actual uso y beneficio que se le da a los motorizados por el actual Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba para el cumplimiento de sus funciones específicas. Aspectos que a decir del hoy accionante, se hubiesen podido colegir de haberse efectuado una correcta valoración de la prueba.