SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1246/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1246/2016-S3

Fecha: 08-Nov-2016

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 38 de 1 de julio de 2016, cursante de fs. 153 vta., a 156 vta., concedió la tutela solicitada disponiendo se deje sin efecto el AS 439/2015 y determinando que los Magistrados del Tribunal Supremo dicten nuevo fallo apegando sus decisiones a la norma sustantiva y adjetiva civil; bajo los siguientes fundamentos: 1) La presente acción tutelar, cumplió con los requisitos formales de procedencia, entre ellos de subsidiariedad e inmediatez; el primero, porque contra el citado Auto Supremo, no se admite recurso ulterior; y en relación al segundo, el mismo fue planteado dentro de plazo, descontando el tiempo en el que fue sustanciada la primera acción de defensa; y, finalmente, sobre la legitimación activa se tiene que la accionante tiene interés legítimo respecto del resultado positivo o negativo de la presente causa, así también con relación a los sujetos pasivos, las autoridades demandadas son las que dictaron las resoluciones cuestionadas de vulneratorias de derechos y garantías constitucionales; y, 2) El AS 439/2015 no contiene una debida motivación y fundamentación, vulnerando así el debido proceso, toda vez que conforme establece la jurisprudencia y doctrina legal, las resoluciones dictadas por jueces y tribunales de justicia deben contener la exposición de motivos y la debida fundamentación jurídica capaz de permitir a los justiciables entender las razones por las cuales asumen esa decisión; en el presente caso no se advierte el cumplimiento de estos preceptos que hacen a la dictación de resoluciones, Sentencias y Autos Supremos.