SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1246/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1246/2016-S3

Fecha: 08-Nov-2016

II.2.

II.2.  Por Sentencia 08/13 de 13 de marzo de 2013, el Juez Público Civil y Comercial Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz -hoy codemandado- declaró probada la demanda e improbadas las excepciones y la demanda reconvencional, disponiendo anular los contratos de 9 de marzo y de 4 de septiembre de 2009, así como sus respectivos reconocimientos de firmas; y, que la demandada -hoy accionante- debe cancelar a la demandante -ahora tercera interesada- la suma de $us90 000.- (noventa mil dólares estadounidenses) por concepto de pago de mejoras (fs. 186 a 194 del anexo 1). Contra esta determinación, la hoy accionante interpuso recurso de apelación el 16 de julio de 2013 (fs. 252 a 259 del anexo 2), que fue respondida por memorial de 21 de octubre del mismo año, por la tercera interesada (fs. 264 a 266 vta. del anexo 2).