SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1246/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1246/2016-S3

Fecha: 08-Nov-2016

d)

d)  Ocurre lo propio cuando las autoridades demandadas se refieren a la excepción de falta de acción y derecho opuesta por la demandada       -hoy accionante-, indicando que el ad quem sostuvo de manera infundada que la demandante confesó el engaño, conforme dispone el art. 1321 del CC, argumento que no estaría acorde a los datos del proceso, no evidenciándose la existencia de actuado alguno que refleje confesión respecto de la acción reconvencional, razonamiento genérico que sustentaría la anterior conclusión sobre el hecho de que los antecedentes no demostrarían tal aspecto, mas no se evidencia certeza en dicha argumentación, sin identificar los medios de prueba compulsados y que llevaron al Tribunal Supremo de Justicia a concluir la existencia de la confesión del engaño, motivando de manera  insuficiente tal determinación; y,