SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1295/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1295/2016-S3

Fecha: 22-Nov-2016

absueltos

           A través de la Sentencia 12/2011 de 19 de agosto, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Potosí, fallo declarando a los ahora accionantes, absueltos por los delitos de allanamiento de domicilio y sus dependencias y amenazas; y los condenó por los delitos de atentado contra la libertad de trabajo, daño calificado y fabricación comercio o tenencia de sustancias explosivas, asfixiantes, imponiéndoles la pena privativa de libertad de tres años, “…disponiéndose la suspensión condicional de la pena…” (sic [Conclusión II.1.]); contra dicha decisión, presentaron recurso de apelación restringida: i) Daniel y Dilver Almendras Piuca -hoy terceros interesados- (fs. 82 a 92 vta.); ii) Los ahora accionantes  (fs. 94 a 104); y, iii) José Luis Rios Filipps, Fiscal de Materia (Conclusión II.2.); los cuales fueron resueltos mediante Auto de Vista 32 de 19 de noviembre de 2011, confirmando parcialmente la Sentencia 12/2011, con relación a la “absolución” por los delitos de por los delitos de allanamiento de domicilio y sus dependencias y amenazas, condenándoles por los delitos de atentado contra la libertad de trabajo y daño calificado, y haciendo referencia a la existencia de concurso ideal, en aplicación al art. 44 del CP modificó la pena que les fue impuesta a seis años de privación de libertad, y con relación al delito de fabricación comercio o tenencia de sustancias explosivas, asfixiantes, se determinó su “absolución” (Conclusión II.3.)