SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1295/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1295/2016-S3

Fecha: 22-Nov-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Potosí, a través de Sentencia 12/2011 de 19 de agosto, los absolvió por los delitos de allanamiento de domicilio y sus dependencias, y amenazas -arts. 298 y 293 del Código Penal (CP)-, y los condenó por los delitos de atentado contra la libertad de trabajo y daño calificado -arts. 303 y 358.2 del CP-, imponiéndoles la pena privativa de libertad de tres años y aplicando a su favor la suspensión condicional de la pena.

Interpuestos los recursos de apelación restringida por los acusadores particulares, los imputados y el Fiscal de Materia, mediante Auto de Vista 32 de 19 de noviembre de 2011, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí,  confirmó parcialmente la Sentencia 12/2011, con relación a la absolución de los delitos de allanamiento de domicilio; y, sus dependencias y amenazas, condenándolos por los delitos de atentado contra la libertad de trabajo y daño calificado; pero existiendo concurso ideal en aplicación del art. 44 del CP, modificó la pena impuesta a seis años de privación de libertad, y con relación a los delitos de fabricación, comercio o tenencia de sustancias explosivas o asfixiantes -art. 211 del CP-, se determinó su absolución.

Ante dicha determinación interpusieron recurso de casación, mismo que las autoridades demandadas declararon admisible mediante Auto Supremo (AS) 826/2015 de 16 de noviembre y a través de AS 354/2016-RRC de 16 de mayo, declararon infundado el recurso, vulnerando sus derechos al debido proceso en su vertiente de: