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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1325/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1325/2016-S3

    Fecha: 25-Nov-2016

    II.6.

    II.6.  Mediante Auto de Vista S.S.C.FAM II 52/2016 de 18 de febrero, pronunciada por Lilian Paredes Gonzales y Iván Fernando Vidal Aparicio, Vocales de la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca -ahora demandados-, resolvieron confirmar la Sentencia 06/2015 (fs. 134 a 135 vta.), notificando de forma personal a la parte accionante el 26 de febrero de 2016 (fs. 136).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
    • en tres dimensiones distintas
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15
    • Fragmento 16
    • y sobre la naturaleza jurídica de las Cooperativas de Ahorro y Crédito
    • Fragmento 18
    • Fragmento 19
    • Fragmento 20
    • III.5. Los títulos valores y documentos mercantiles
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • III.6.1.
    • en el primer agravio el error en la aplicación de la ley
    • El segundo agravio
    • requisitos entre los que se encuentra, el resguardo del debido proceso y la defensa, así como de todos los demás derechos y garantías fundamentales
    • CONFIRMAR

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