SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2016-S3
Fecha: 05-Feb-2016
punto cuarto
Para en el punto cuarto, y en base a la normativa mencionada, determinar que los imputados: Michael Terán Sator y Féliz Iriarte Ustariz, tenían autoridad, mando y jerarquía para realizar el “impulso” de los cadetes de segundo año que fue ejercido el día de los hechos para que los antes nombrados, desde sus dormitorios acudan al patio de honor a formar con la debida anticipación para el ingreso a la cena -conforme a las declaraciones testificales que se encuentran incorporadas en el cuaderno de investigación-, siendo atendible el “impulso” teniendo en cuenta que conforme al Reglamento señalado, los cadetes no pueden permanecer en los dormitorios en horarios no establecidos; estando el “impulso” implícitamente permitido en la norma reglamentaria de la ANAPOL, realizándose de manera cotidiana y permanente, siendo conocido y aceptado por todos los cadetes de la Academia; por lo que, los entonces imputados no tomaron conciencia que realizaban el tipo penal, no siéndoles exigible la observancia del deber de cuidado, porque con el “impulso” desde el interior de los dormitorios no se tenía ni como “probable” causar daño a los cadetes -remitiéndose a determinadas declaraciones testificales, de la cuales resalta el “impulso” realizado y la advertencia del desprendimiento de la baranda-.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 6
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada,
- III.2.
- III.2.1. Sobre la reclamada vulneración al debido proceso
- Requerimiento conclusivo de sobreseimiento “07/13”
- a)
- d)
- f)
- 2)
- punto cuarto
- punto quinto
- punto sexto
- punto noveno
- punto
- i)
- ii)
- omitió la valoración de la prueba
- derecho a la defensa
- III.3.1. Argumento de subsidiariedad de los terceros interesados
- manera excepcional
- excepcional
- III.3.2. Actuación del Tribunal de garantías
- CONFIRMAR en parte
- 3°