SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0499/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0499/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

este mismo Tribunal Constitucional Plurinacional, como máxima instancia de la justicia constitucional, puede reconducir y/o reencausar el entendimiento asumido

Resolución constitucional que si bien tiene el efecto vinculante en virtud al art. 203 de la CPE; debe tenerse en cuenta que también este mismo Tribunal Constitucional Plurinacional, como máxima instancia de la justicia constitucional, puede reconducir y/o reencausar el entendimiento asumido, así sea emanado de otra Sala, con mayor razón si dicha SCP 0832/2015-S3 de 17 de agosto contiene criterios aislados y contrapuestos a la línea ya trazada en la SCP 0504/2015-S1 de 1 de junio, que claramente señaló que el escalafón judicial fue cumplido y sólo debía complementarse hasta la posesión de las nuevas autoridades, ello debido a que las actuales autoridades, son totalmente transitorias por mandato de la ley, y que no existía impedimento alguno para viabilizar la convocatoria pública para autoridades judiciales, vocales en dicho caso y que es aplicable y extensible con idéntico fundamento también para jueces y juezas como para servidores jurisdiccionales y administrativos.