SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0499/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0499/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

Fragmento 44

             El Consejo de la Magistratura tiene la atribución de preseleccionar a las candidatas y a los candidatos para la conformación de los Tribunales Departamentales de Justicia que serán designados por el Tribunal Supremo de Justicia, tal cual disponen los arts. 184.5 y 195.7 de la CPE; en virtud a lo cual el aludido Consejo de la Magistratura emitió la Convocatoria Pública 03/2014 de 5 de abril, para Vocales de los nueve Tribunales Departamentales de Justicia; sin embargo, no se puede desconocer que la misma, a la fecha ha quedado desfasada en el tiempo, y por ende, limita el acceso a otros posibles postulantes; por lo que, a fin de ampliar el universo de postulantes, corresponde dejar sin efecto la Convocatoria mencionada; siendo facultad del Consejo de la Magistratura convocar a dichos cargos de manera programada, por ejemplo, primero a los de nueva creación, luego a los de mayor antigüedad y finalmente a los de recientemente designación, o a todos en su conjunto; conforme tengan previsto o proyectado en su política de cambio o reestructuración de cara a implantar la carrera judicial.