SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2016-S1

Fecha: 12-May-2016

II.6.

II.6.  El 12 de enero de 2016, la autoridad demandada, pronunció el Auto Administrativo AN-GROGR-ORUOI-SPCC-AA 9/2016, que resolvió (nuevamente), en cumplimiento de la Resolución del Recurso Jerárquico y considerando la minuta de instrucción AN-PREDC 114/2014 de 6 de noviembre, que instruyó `“En conocimiento de demoras en la ejecución de Resoluciones que resuelven Recursos Jerárquicos, emitidas por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT), retardos que en otros casos se pretenden justificar con la interposición de procesos contencioso administrativo, se tiene a bien recordar a ustedes, que en observancia de los arts. 131 y 214 del Código Tributario Boliviano … las Resoluciones de Recurso Jerárquico, deben ser ejecutadas, en todos los casos, por la Administración Aduanera Tributaria y que la interposición del proceso contencioso administrativo no inhibe dicha ejecución, cuyo incumplimiento podría acarrear el establecimiento de responsabilidad funcionaria” (sic); por lo que se dispuso (una vez más) la devolución del camión hormigonero con placa de control 2376  -LXG, a favor del ahora accionante o de quien acredite interés legal mediante documento emitido por la autoridad competente, acto procesal que fue notificado al accionante el 13 del mismo mes y año (fs. 416 a 420).