SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2016-S1

Fecha: 12-May-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alegó la vulneración de sus derechos, al trabajo, al debido proceso en sus vertientes de legalidad, “seguridad jurídica” y debida motivación, toda vez que, la Aduana Interior Oruro de la ANB inició un proceso por contrabando contravencional sobre su vehículo tipo camión hormigonero, marca volvo, con placa de control 2376- LXG; sancionándolo mediante la Resolución Sancionatoria AN-GRORU-ORUOI-SPCCR 424/2012, que dispuso el comiso definitivo del motorizado; sin embargo habiéndose revocado totalmente tal determinación, por la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0803/2013, confirmada por la Resolución del Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1930/2013, que se mantuvo firme al no haberse interpuesto la demanda contenciosa administrativa; la autoridad demandada incumplió con la restitución del camión; debido a que, en un primer momento, ordenó su devolución a través del Auto Administrativo AN-GROGR        -ORUOI-SPCC-AA 233/2015; empero, mediante actos dilatorios no se acató tal disposición, hasta que el 8 de julio de 2015, fue notificado con el Auto Administrativo AN-GROGR-ORUOI-SPCC-AA 275/2015, por el cual la misma autoridad anuló su propio acto (el Auto precedente), sin tomar en cuenta lo dispuesto en las instancias de impugnación, ni la existencia de cosa juzgada; así como le generó incertidumbre sobre la devolución o no de su camión, al limitarse únicamente a transcribir los arts. 55 y 56 de la LPA, sin fundamentar cuál era el vicio de nulidad del que aparentemente adolecía el Auto anulado.