DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016

Fecha: 11-Ago-2016

1.

1.     Ley Municipal: Es la disposición legal que emana del Concejo Municipal en ejercicio, de su facultad legislativa, cumpliendo de forma estricta el procedimiento, requisitos y formalidades, que son de carácter general y su aplicación y cumplimiento es obligatorio desde el momento de su publicación por la Gaceta Oficial del municipio, y se utiliza cuando se prevé el ejercicio de una competencia exclusiva.

1.     Decreto administrativos del ejecutivo y secretarios municipales: Es la norma municipal emanada del Ejecutivo Municipal y las (los) secretarios municipales en el ejercicio de sus competencias y atribuciones a efectos de reglamentar la aplicación de Leyes municipales y cumplir con su facultad ejecutiva, reglamentaria y administrativa o otras dentro de sus competencias.

1º  La INCOMPATIBILIDAD con la Constitución Política del Estado, de los siguientes artículos: 3 en la frase: “El Gobierno Autónomo Municipal de…”; 6.IV; 8 en la frase: “…y limita al Norte con la República Federal del Brasil, al Este con el municipio de Ingavi, al Oeste con la Provincia Nicolás Suarez y al Sur con la Provincia Manuripi”; 12 en la frase: “…El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Abuna ratifica los siguientes derechos:…”; 13 en su epígrafe la frase: “…y libertades”; 14 en su párrafo introductorio la frase: “…del Gobierno Autónomo municipal…”; 16.II; 17.II.1 en la frase: “…quien ejercerá interinamente el cargo hasta la posesión de la nueva autoridad electa”, y 2 en la frase: “…de la misma fuerza política de la autoridad que perdió el mandato…”, y III en la frase: “…que correspondan a la misma fuerza política de la máxima autoridad ejecutiva que perdió su mandato”; 19.III en la frase: “…haber cumplido 18 años…”; 21.6, 12, 15, 20 y 21; 24.V en la frase: “…Transcurridos diez (10) años desde la sesión reservada o por decisión de dos tercios (2/3) de los miembros presentes las actas adquirirán carácter público”; 25.I en la frase: “…y todos los instrumentos normativos que el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Abuna emita…”; 29.16, 18 y 20; 30.1 en la frase: “…todo establecido en el        Art. 234, y Art. 285 parágrafo I. de la Constitución Política del Estado en el ámbito administrativo”; 33.II; 35 en la frase: “…sujetas al régimen legal propio, de la Carta Orgánica Municipal”; 36; 39 en la frase: “…Colinda al Norte con la República Federativa del Brasil, al Este el Municipio de Ingavi, al Sur con la Provincia Manuripi y al Oeste con la Provincia Nicolás Suárez”; 41; 45.1, 6 en la frase: “…y comunidades campesinas”, 7 en la frase: “…con las comunidades campesinas”, 38 en la frase: “…con las comunidades campesinas” y 41 en la frase: “…en coordinación con las comunidades campesinas”; 46.1 la frase: “…Departamental y…”, y último párrafo; 47 último párrafo en la frase: “…Municipio Autónomo...”; la frase: “…Del Municipio” inserta en el epígrafe del Capítulo Cuarto del Título IV; la frase: “…Del Municoipio” en el epígrafe del Capítulo Quinto del Título IV; 56.10 en la frase: “Reconociendo y…”; 63.IV; 65.3, y 6 en la frase: “…manejo y aprovechamiento sustentable…”; 68; 69.I.6; 70.I en el término: “…reconoce…”; 71.I; 78; 83.II; 84; 85; 93.I en la frase: “…reconoce y…”, II, III y IV; 95; 96.III; 98.II; 99 en la frase: “…la misma que será regulada por ley municipal”; 100.II; 102 en el Órgano Legislativo los numerales 1 y 2, y Órgano Ejecutivo los numerales 1 y 2; y, 103.I.b.