DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016

Fecha: 11-Ago-2016

art. 100.II

El art. 100.II del presente proyecto, es incompatible con la Norma Suprema; toda vez que, acorde al art. 11.I.1 de la CPE, se determina que democracia puede ser: “Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforme a Ley” (las negrillas son ilustrativas); razón por la cual, la disposición en análisis debe ser reformulada por el estatuyente, al existir una reserva de ley para el nivel central del Estado, siendo que la Carta Orgánica Municipal no puede legislar sobre este tema.