DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016

Fecha: 11-Ago-2016

art. 65.6

Del análisis del art. 65.6 del presente proyecto, se advierte que es incompatible con la Norma Suprema, en la frase: “…manejo y aprovechamiento sustentable…”; toda vez que, conforme los    arts. 298.II.6 y 7 de la CPE, se dispone que entre las competencias exclusivas del nivel central del Estado, están: “Régimen general de biodiversidad y medio ambiente” y, “Política Forestal y régimen general de suelos, recursos forestales y bosques”; y, 88.I. de la LMAD, se establece que: “…el nivel central del Estado tiene la competencia exclusiva de diseñar, aprobar y ejecutar el régimen general de gestión de biodiversidad y medio ambiente en base a la competencia privativa de diseñar la política general que orienta al sector”; por lo expuesto, el contiendo de la disposición en estudio debe ser reformulada, al ser competencialmente el aprovechamiento sustentable del nivel central del Estado.