DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016

Fecha: 11-Ago-2016

arts. 84

Los arts. 84 y 85 del proyecto de la norma institucional básica, referidos al patrimonio y bienes municipales, y bienes de dominio público municipal, en su integridad son incompatibles con la Constitución Política del Estado; toda vez que, el art. 339.II de la CPE, señala que: “Los bienes de patrimonio del Estado y de las entidades públicas constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolable, inembargable, imprescriptible e inexpropiable; no podrán ser empleados en provecho particular alguno. Su calificación, inventario, administración, disposición, registro obligatorio y formas de reivindicación serán regulados por la ley” (las negrillas nos corresponden); en ese entendido, la Carta Orgánica no puede clasificarlos como bienes de dominio público municipal y/o realizar calificación de que cosas son o no lo son, por ser esta atribución del nivel central del Estado a través de una reserva de ley.