DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016

Fecha: 11-Ago-2016

art. 17.II.2,

Del análisis del art. 17.II.2, se tiene que la frase: “…de la misma fuerza política de la autoridad que perdió el mandato…” es incompatible con la Constitución Política del Estado; puesto que, conforme al art. 26.I de la CPE, no se puede restringir a que el sustituto, interino o suplente del edil sea de la misma fuerza política; en razón a que se vulneraría el derecho que tienen los demás concejales, de ser también partícipes de tal elección.