DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016

Fecha: 11-Ago-2016

art. 93.II

Por otro parte, del artículo desarrollado precedentemente, el   art. 93.II del proyecto de Carta Orgánica, es incompatible en su integridad con la Ley Fundamental, debido a que hace una definición de lo que es el control social y la participación ciudadana; aspecto que no es de su competencia conforme el art. 241.IV de la CPE, que previene que: “La Ley establecerá el marco general para el ejercicio del control social”; por la cual, el estatuyente debe reformular dicha disposición, al existir una reserva de ley del nivel central del Estado, para la regulación del tema.