DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016

Fecha: 11-Ago-2016

“Artículo 17. Pérdida de Mandato

III. Si se produjese en la segunda mitad del mandato, las concejalas o concejales serán sustituidos por la concejala o concejal candidato siguiente de la lista presentada a las elecciones y el Alcalde o Alcaldesa será sustituido por un concejal o una concejala elegida de entre los que ejercen tal cargo electivo, que correspondan a la misma fuerza política de la máxima autoridad ejecutiva que perdió su mandato”.