DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0111/2016

Fecha: 11-Ago-2016

Artículo 26.

III.  Además de la Alcaldesa o Alcalde, el Órgano Ejecutivo Municipal se conforma por unidades organizacionales ejecutivas, técnicas y operativas, desconcentradas y descentralizadas y otras entidades públicas a crearse en las que el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Abuna tenga participación.

IV.   Para ser candidata o candidato a un cargo electivo del órgano ejecutivo del municipio, se requiere: Cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público; haber residido de forma permanente al menos dos años anteriores a la elección en el municipio; haber cumplido 21 años para ser alcaldesa o alcalde; otros requisitos establecidos en la Nueva Constitución Política del Estado y la Ley del Régimen Electoral.

1.     Ejecutiva: Con capacidad de decisión sobre la modalidad y combinación de recursos económicos, técnicos y operativo, para la ejecución de acciones en el marco de la planificación y la normativa municipal, así como el monitoreo y evaluación de las políticas públicas que permitan el cumplimiento de los objetivos de la planificación municipal.

18.  Remitir al Concejo Municipal los Estados Financieros auditados del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Abuna concluidos de acuerdo a la normativa vigente con quince (15) días de anticipación a la fecha de aprobación por parte del órgano legislativo municipal y remitirlos luego de su aprobación a las instancias que correspondan.