Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2016-S1
Fecha: 10-Ago-2016
II.2.
II.2. Por memorándum de designación 000037 de 1 de noviembre de 2013, por restructuración de la institución, la indicada servidora público, fue reasignada y posesionada (carrera administrativa) en el cargo de Responsable de Almacenes y Activos Fijos”, esta vez de la Dirección Departamental de Educación de Chuquisaca. Mediante instrumento similar 000595 de 20 de junio de 2014, fue removida al cargo de Auxiliar Administrativa Contable a.i. en la misma Unidad de la institución (fs. 4 y vta.; 5 y vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ñandereko
- probidad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- Fragmento 20
- III.3. Funcionarios de carrera administrativa y aspirantes
- Fragmento 22
- III.4.
- funciones administrativas de confianza y asesoramiento especializado para los funcionarios electos o designados
- III.5. Análisis del caso concreto
- precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales