SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2016-S1

Fecha: 10-Ago-2016

II.5.

II.5. Por memorial de 2 de abril del mismo año, la accionante, impugnó el memorándum D.D.E.CH. 024/2015, señalando que este acto de despido  –sin que exista ninguna causal, cuando se encontraba en pleno uso de sus vacaciones–, atenta a sus derechos al trabajo y debido proceso y viene a ser la culminación de una serie de acosos laborales que fue sufriendo; por lo que pidió se deje sin efecto el referido memorándum. El recurso fue resuelto mediante RA 02/2015 de 9 de abril, pronunciado por la Directora Departamental de Educación de Chuquisaca, confirmando en todas su partes el memorándum, argumentando que la recurrente al ingresar por invitación directa, es funcionario provisorio o de libre nombramiento,  y no tiene registro en la Dirección General de Servicio Civil dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por lo tanto, no se encuentra comprendida entre los funcionarios de carrera administrativa, pudiendo ser removida libremente, sin necesidad de un proceso administrativo (fs. 12 a 19).