DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017

Fecha: 27-Ene-2017

Artículo 38°

13.     Elaborar y elevar ante el Concejo para su consideración y aprobación, el Plan de Desarrollo Municipal, el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial y Plan de Uso de Suelos, asegurando su elaboración participativa,  coordinación y compatibilidad con los planes y programas de desarrollo departamental y nacional, para su aprobación.

Antes 30 ahora 28. Proponer al Concejo municipal, previo cumplimiento de los mecanismos de participación social, la creación o modificación de Distritos Municipales y Distritos Indígenas originarios campesinos en el municipio en aquellos lugares donde existan una unidad socio cultural, productiva y económica.

Antes 37 ahora 32.    Sancionar pecuniariamente, en el marco de las competencias municipales, a las personas individuales y colectivas, públicas o privadas que infrinjan las disposiciones de dominio y propiedad públicas, uso común, normas sanitarias básicas, de uso del suelo, medio ambiente, protección a la fauna silvestre, animales domésticos, elaboración, transporte y venta de productos alimenticios para consumo humano y animal, así como los productos destinados al cultivo vegetal prohibidos de acuerdo con la normativa municipal.

Antes 38 ahora 33. Luego del procedimiento correspondiente que asegure el debido proceso al afectado, hacer cumplir la Orden de demolición de los inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso del suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas técnicas –administrativas.