DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017

Fecha: 27-Ene-2017

Artículo 44°

III.  En caso de renuncia, muerte, inhabilidad permanente de la máxima autoridad ejecutiva antes de transcurrido la mitad de su mandato, se procederá a una nueva elección. En este caso el concejo municipal tiene la obligación de que por mayoría simple de votos, en el plazo máximo de 30 días realice los trámites y gestiones correspondientes para la convocatoria a nueva elección, para este efecto el Alcalde (sa) interino (a) deberá incorporar en el POA el presupuesto necesario.