DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017

Fecha: 27-Ene-2017

Sobre el ahora art. 27.I

La anterior declaración determino la incompatibilidad del antes art. 28.I en la frase: “y dos representantes Indígena Originario Campesino titulares con sus suplentes. El número de concejales y concejalas elegidos a través de la democracia representativa será definido por una ley municipal elaborada en ocasión de la renovación ordinaria de autoridades municipales” y el antes         art. 29.II: habiéndose suprimido la frase objeto de incompatibilidad la presente disposición se encuentra conforme la Constitución.