DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017

Fecha: 27-Ene-2017

Artículo 92º (Ingresos Municipales Tributarios).

3.   Patentes, como tributos donde el hecho generador son las autorizaciones que concede el municipio para la realización de actividades económicas, profesionales, de servicios u otra actividad que se realiza en la jurisdicción del municipio. Con carácter enunciativo y no limitativo, los provenientes de: