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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1189/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1189/2017-S1

    Fecha: 24-Oct-2017

    Fragmento 18

    La SCP 1138/2012 de 6 de septiembre, expresó: “La acción de amparo constitucional se encuentra establecida en el art. 128 de la CPE, como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Norma Suprema y las leyes.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concediendo en parte
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • Fragmento 11
    • II.4.   Resultados de la información complementaria
    • El “Thanki” o recorrido en cargos comunales
    • Demanda
    • Primera audiencia de conciliación
    • Segunda audiencia
    • III.
    • Fragmento 18
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.
    • III.3. Principio del “vivir bien” y el Estado de armonía
    • III.4.El qhapaj ñan -principio ético-moral- vinculado con el debido proceso
    • III.5. Derecho a la defensa desde la visión de la justicia indígena originaria campesina (JIOC)
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 25
    • CONFIRMAR
    • 3°

    Otros enlaces de interés:

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