Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante alega la vulneración de sus derechos de petición, debido proceso en su elemento fundamentación y a la defensa, señalando que en ejecución de sentencia dentro del proceso de nulidad de documento; interpuso incidentes de nulidad, argumentando que no fueron notificados con la orden de desapoderamiento, la cual dispuso se notifique a las partes del proceso, terceros interesados y poseedores del inmueble en litigio, mismos que fueron desestimados por la Jueza a quo, por lo que presentaron recursos de apelación, siendo rechazados por los miembros del Tribunal de alzada, sin expresar la necesaria fundamentación, sumado al hecho de ser un fallo incongruente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- Fragmento 17
- debe procurarse generar en el recurrente la certeza de que evidentemente incumplió con las exigencias que la norma establece, precisando cuál o cuáles de los requisitos fueron omitidos y por qué se tienen como incumplidos
- Fragmento 19
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- b)
- CONFIRMAR