SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2017-S3

Fecha: 12-Abr-2017

8)

Sobre el punto 2), que el plano se encuentra con una serie de observaciones por lo cual se solicitó a los titulares puedan actualizar y subsanar las mismas; que la aprobación del plano no cumple el art. “24” de la CPE, que garantiza la propiedad privada siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo; y, existen terceras personas que acreditan su derecho propietario sobre dicho loteamiento y parte del mismo se encuentra sobre el Río Tupiza.